Proyectan Defensoría de la Madre Tierra que emitirá censuras públicas y Resoluciones

LaPaz, 05 de febrero de 2019.-En Bolivia se proyecta la Defensoría de la Madre Tierra (DMT) que tendrá la prerrogativa de participar en la firma de recursos naturales y en otros casos concluida la investigación y comprobada la vulneración de derechos, emitir Resoluciones fundamentadas, censura pública, además de denunciar e instar al Ministerio Público el inicio de las acciones legales que correspondan en los casos pertinentes.

Lui Laura Castillo vocera de los “Mensajeros de la Madre Tierra” remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), el Anteproyecto de ley Especial de la Defensoría de la Madre Tierra; que a su vez fue enviado al Comité de Medio Ambiente, Biodiversidad, Amazonía, Áreas Protegidas y Cambio Climático para su tratamiento.

Ahora depende de los legisladores remitir el proyecto a los Ministerios correspondientes para que efectúen sus observaciones y nosotros subsanarlas, es tiempo ya, ya es ahora, es hora de que todos los bolivianos tomemos conciencia, porque “ si no hacemos algo ahora probablemente no tengamos donde vivir en un futuro o agua que tomar», declaró al semanario Sin Fronteras.

Objetivo

El colectivo ciudadano “Mensajeros de la Madre Tierra”, planteó el objetivo de contar con la

Defensoría de la Madre Tierra en Bolivia, antes de que se cumplan nueve años de la promulgación de los Derechos de la Madre Tierra, promulgados el 21 de diciembre de 2010, donde se establece que la protección de sus derechos deben estar a cargo de la Defensoría de la Madre Tierra (DMT), que a la fecha solo existe en papeles.

 

El Proyecto de Ley Especial de la Defensoría de la Madre Tierra consta de 45 artículos, donde se establece el objeto, naturaleza, fines y alcances de la ley, además de las definiciones y principios rectores. Aparte de los requisitos, mandato, elección y titularidad de la DMT departamental y nacional.

“De acuerdo al artículo 39, parágrafo 1, numeral 3 de la Ley 300, la DMT es la autoridad competente para empezar a accionar los procedimientos administrativos y jurisdiccionales para hacer respetar los derechos de la Madre Tierra, pero físicamente no existe”, dijo Laura.

En el capítulo III artículo 33 remarca que los actos se efectuarán conforme al procedimiento establecido, en la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 y normas conexas.

 

Resoluciones

Por ejemplo, concluida la investigación de los casos y comprobada la vulneración de los derechos de la Madre Tierra, la DMT podrá emitir Resoluciones fundamentadas que contengan, según sea el caso, recomendaciones, recordatorios, sugerencias o correctivos.

En caso de encontrar indicios de un hecho ilícito, la Defensora o el Defensor de la Madre Tierra, mediante Resolución, remitirá antecedentes al Ministerio Público.

Emitida la Resolución que contenga las recomendaciones, recordatorios, sugerencias o correctivos, ésta será puesta a conocimiento de la autoridad o servidor público, quien tendrá un plazo de 30 días hábiles para su pronunciamiento.

En el artículo 35 de Recomendaciones de la DMT Departamental y Nacional, procederán en los siguientes casos: Cuando se trate de la rectificación, modificación, inmediata cesación de la

violación o la restitución de los derechos conculcados de la Madre Tierra, emergentes de la comprobación del caso. Cuando se trate de la iniciación de acciones legales.

En caso de la rectificación en la aplicación de una norma que provoque situaciones injustas y perjuicios a la Madre Tierra.

 

Censura Pública

Conforme lo propuesto en el artículo 38 referido a la Censura Pública emitida por la DMT Nacional, en caso de que la autoridad o servidor público no hubiera adoptado la recomendación, recordatorio o sugerencia, o las razones que estime para no adoptarlas no sean justificadas, la Defensora o el Defensor de la Madre Tierra Nacional emitirá Censura Pública. Previos informes técnicos, legales, ambientales, estadísticos y económicos.

La Censura Pública consistirá en incluir en el Informe Anual Especial del Defensor de la DMT

Nacional, la mención de los nombres de las autoridades o servidores públicos, empresas públicas o privadas, sociedades anónimas, empresas o instituciones autárquicas, cooperativas, entre otros, y todo ser que se adecúe a la emisión de censura pública, adjuntando los hechos y las pruebas bajo el principio de motivación de los actos.

 

El artículo 10 de la Ley 071 de 21/12/2010 que crea la Defensoría de la Madre Tierra no se cumple

A ocho años de la promulgación de la Ley 071 o Ley de los Derechos de la Madre Tierra, esta normativa no se aplica, ni existe Defensoría de la Madre Tierra en Bolivia, sostiene Lui Laura

Castillo.

“No se ha concretado hasta ahora, nosotros tenemos muchas ganas de hacer algo por el ser que nos brinda un hogar, alimentos y es nuestra madre, por lo cual nos animamos a hacer la iniciativa legislativa ciudadana y el proyecto de ley”, remarcó.

La Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien tiene por objeto establecer la visión y los fundamentos del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra para Vivir Bien, garantizando la continuidad de la capacidad de regeneración de los componentes y sistemas de vida de la Madre Tierra.

“Esperamos que los movimientos sociales se vayan uniendo a la iniciativa, porque en su momento gracias al Presidente Evo Morales junto con las Bartolinas, la CSUTCB, el Pacto de Unidad y las organizaciones sociales, se creó la Ley de los Derechos de la Madre Tierra, y es por eso que se les pide que recuerden que ellos pusieron la semilla, nosotros solo la estamos regando para que germine y en algún momento de los frutos correctos, para que por fin en Bolivia se respeten los Derechos de Madre Tierra”, concluyó.

 

 

Principales aspectos del Anteproyecto de Ley de la DMT

Sede, Estructura, Funcionamiento

✓ La DMT Nacional tiene su sede de funcionamiento en cada Departamento del Estado

Plurinacional de Bolivia de acuerdo a que DMT Departamental le corresponde ser DMT

Nacional, quien tiene la mandato por un año como vocera o vocero y representante legal electo por la comisión de la DMT Nacional.

✓ El domicilio legal puede estar en la capital del departamento o en un municipio aledaño. Sin embargo considerando que la labor de la DMT Nacional es la defensa de los Derechos de

Madre Tierra a nivel Nacional, su sede de funcionamiento podrá trasladarse de acuerdo al contexto y a las necesidades conforme la labor que vaya desarrollando, siendo factible una oficina móvil.

Estructura de la DMT Nacional

  • La DMT Nacional está conformada por una comisión de 9 personas electas por mayoría simple mediante sufragio universal, en el cual se elegirán a nueve Defensores o Defensora de Madre Tierra, un Defensor por cada departamento.

 

  • La estructura orgánica de la comisión de la DMT Nacional, se conforma por el equipo de trabajo de cada departamento estipulado en el artículo 14 del Anteproyecto de Ley, y tiene los siguientes niveles de organización:

 

✓ Nivel Ejecutivo Nacional: Vocero y representante legal Nacional, es la voz oficial y representante legal de la comisión de la DMT Nacional.

✓ Nivel Ejecutivo Departamental: es la Defensora o Defensor de la Madre Tierra electo por sufragio universal en cada departamento.

✓ Nivel de conexión con Madre Tierra y los seres que la habitamos

✓ Nivel Operativo

✓ Nivel Técnico administrativo

Vocera o vocero y representante Legal de la DMT Nacional

  • La Defensoría de la Madre Tierra Nacional, es representada legalmente por una vocera o vocero oficial, que será la Defensora o Defensor de Madre Tierra del departamento que le toque realizar su gestión, es la única persona habilitada para emitir criterios de manera pública en representación de la DMT Nacional, previo consenso y consentimiento de los miembros de la DMT Nacional.
  • Será designada o designado por los miembros de la comisión de la DMT del Estado

Plurinacional de Bolivia, mediante Resolución Administrativa.

Comisión Fiscalizadora

La iniciativa Legislativa Ciudadana Proyecto de: “Ley Especial de la Defensoría de la Madre Tierra” señala que:

  • La comisión fiscalizadora está conformada por las cinco personas más votadas después del

Defensor de la Madre Tierra Departamental electo, en el día de elección de los DMT´s Departamentales del Estado Plurinacional de Bolivia.

  • La Comisión Fiscalizadora trabaja ad honorem, pueden integran a su equipo de trabajo a voluntarios de la sociedad civil de manera individual o colectiva, que tengan el llamado de

resguardar y hacer respetar los Derechos de la Madre Tierra.

  • Las solicitudes de informes de la Comisión Fiscalizadora, serán atendidas por la Defensora o

Defensor de Madre Tierra de manera oportuna, conforme el procedimiento administrativo vigente.

Estrategias de intervención

  1. Recordatorios ante omisión de respuesta.
  2. Facilitación en los grupos de trabajo, concientización y conciliación.
  3. Investigación por denuncias efectuadas que tengan respaldo que se estén vulnerando los Derechos de la Madre Tierra.
  4. Monitoreo y alertas tempranas.
  5. Seguimiento a denuncias efectuadas por la DMT departamentales.
  6. Audiencias Públicas.
  7. Parte accionante en acciones constitucionales de defensa.

 

Incompatibilidades, cese, interinato y régimen de juzgamiento

El ejercicio de la Defensora o el Defensor de Madre Tierra, es incompatible con el desempeño de cualquier otra actividad pública o privada, con remuneración o sin ella, exceptuando la actividad de docencia universitaria.

Si la incompatibilidad se da una vez posesionado como Defensora o Defensor de Madre Tierra, implica el cese de funciones en la fecha en que aquella se hubiera producido.

La Defensora o el Defensor de la Madre Tierra Departamental, podrá ausentarse de su cargo por motivos justificados y/o autorizados por la comisión de la DMT Nacional, para lo cual de manera interina podrá ser reemplazado por un delegado miembro de su equipo de trabajo, que el DMT Departamental designe en caso de ausencia temporal aprobada, que no podrá ser mayor de los 30 días hábiles.

El cese de funciones procederá en los siguientes casos:

  1. Por renuncia
  2. Por cumplimiento de mandato
  3. Por muerte
  4. Por incapacidad permanente y absoluta sobreviniente.
  5. Por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal
  6. Por tener pliego de cargo ejecutoriado
  7. Por incompatibilidad sobreviniente prevista en normativa vigente
  8. Por tener prueba fundamentada de haber traicionado su deber de Defensa de los Derechos de Madre Tierra, al efectuar acuerdos, ilegales con partidos políticos, empresas públicas, privadas, mixtas o de sociedad anónima extractivistas o de otra índole, que se encuentren vulnerando los derechos de Madre Tierra.
  9. Por traición a los principios establecidos en la presente norma e incumplimiento de funciones debidamente demostrado, conforme los procesos legales correspondientes.

Reemplazo

Cuando se produzcan las causales señaladas, la Defensora o Defensor de Madre Tierra, podrá ser reemplazado por un Fiscalizador electo por la comisión de fiscalización del departamento en conflicto con preferencia el que obtuvo más votos después del Defensor o Defensora de la Madre Tierra electo por mayoría simple.

Usted puede tener acceso al AnteProyecto de Ley, visitando la página de Facebook de “Los

Mensajeros de la Madre Tierra” y si le gustaría apoyar o remitir sus comentarios y aportes, puede solicitar unirse al Grupo Público de Facebook y mandar un mensaje.

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